De igual manera dicho Acuerdo pasa a denominarse Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal



Entre otras cuestiones se comprometen al diseño y desarrollo de los programa y contenidos formativos que se adecuarán a los criterios establecidos en el Anexo V abarcando todas las profesiones, oficios o especialidades no reguladas en el actualidad.



Siguiendo el planteamiento de la Construcción se podrán homologar aquellas entidades que estén constituidas como servicios de prevención ajenos.